Opinión

Suspendida la multa de Cofece en caso Luis Doporto – Marzam

México, 12 julio.-El empresario mexicano Luis Doporto Alejandre presentó un amparo en contra de la multa impuesta por el pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) en su contra por violar los artículos 1º, 14, 25 y 28º e incurrir en actos fuera de juicio.

Doporto Alejandre recurrió al Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, para presentar un juicio de amparo, en contra de la resolución de la COFECE, de acuerdo con el expediente cuyo número de identificación ha quedado registrado con el folio 339/2020.

El Juez de Distrito especializado en materia de Competencia Económica, determinó suspender la Resolución de incumplimiento administrativo del amparo promovido para que no se ejecuten las multas dictadas por el Pleno de la COFECE en contra de Luis Doporto Alejandre, señalado por el caso Marzam.

El conflicto dio inicio cuando el fondo holandés Moench Coöperatif notificó a la COFECE sus intenciones de ser accionistas mayoritarios de la distribuidora de farmacéuticos Marzam en julio de 2015. La entidad reguladora antimonopolios en México, tras el proceso protocolario de revisión, aceptó la transacción sin imponer ninguna condición para que se llevara a cabo, misma que quedó asentada en el expediente CNT-074-2015.

El pleno del órgano regulador, como parte de dicha resolución, autorizó la realización de la concentración notificada por Moench Coöperatief, U.A. y Gibart, S.A. de C.V., por mayoría de votos, por considerar que la operación debió ser autorizada en los términos que fue notificada, como se lee en el expediente.

Para finales de 2017, sin embargo, la COFECEE dio comienzo a una investigación con el argumento de la posible existencia de una concentración ilícita en la compra de Marzam.

A través de un comunicado, se precisó que Luis Doporto Alejandre fue informado del proceso que se realizaba y entregó la documentación requerida por el órgano regulador. Por otra parte, con la finalidad de agilizar el proceso de investigación, el empresario pidió la conclusión anticipada de ésta conforme a la Ley de Competencia Económica, ofreciendo voluntariamente cumplir unos compromisos para despejar las inquietudes en materia de competencia.

“Los compromisos aprobados por la Cofece consistieron esencialmente, en que Doporto Alejandre debía pagar un crédito simple (el cual formó parte de los recursos necesarios para la adquisición de Marzam en 2015). Una segunda opción para el fondo holandés era realizar la venta de la participación que adquirió en Marzam a un tercero; el cual a su vez también debería de contar con la aprobación de la Cofece”, dice el comunicado.

Ambos compromisos fueron aceptados por la autoridad, al ser considerados jurídica y económicamente viables, de acuerdo con la versión pública del acta aceptada por la COFECE. Doporto Alejandre y representantes del fondo Moench Coöperatif, presentaron por escrito en octubre de 2018 la aceptación de dichos compromisos, dando así cierre definitivo a la investigación.

En el mismo escrito se señala que después de esta acción, la investigación fue resuelta y calificada como cosa juzgada, sin sanción o responsabilidad alguna, y por está razón la COFECE  jurídicamente no podría reiniciar o iniciar una nueva investigación sobre el mismo caso.

“Ambas partes presentaron ante la Cofece en enero del 2020 un esquema en el que se demostró la inexistencia de vínculos entre Marzam y sus competidores, al haber efectuado una reestructura corporativa que disipara en definitiva cualquier posible inquietud futura en materia de competencia económica. Dando así, por ende, un cumplimiento de fondo a la resolución de la Comisión”.

Sin embargo, el pleno de la COFECE determinó que no se había realizado el cumplimiento en las formas expresamente previstas a la resolución, por lo que establecieron ordenar una sanción administrativa por 30.8 millones de pesos, misma que ha sido suspendida tras el amparo promovido por Doporto Alejandre, y que será un Juez quien determine si podrá ser ejecutada conforme al artículo 28 constitucional.

 

Héctor Pastrana

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