El calendario fiscal en Venezuela entra en su etapa final y el 31 de marzo vence el plazo para presentar la declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISLR), un proceso que también alcanza a quienes obtuvieron ingresos mediante bitcoin y otras criptomonedas.
A medida que crece el uso de criptoactivos en el país, muchos contribuyentes enfrentan dudas sobre cómo reflejar esas operaciones dentro de sus obligaciones fiscales. La omisión de esos ingresos en el Formulario DPN-25 para personas naturales, o en las declaraciones correspondientes a personas jurídicas, puede derivar en sanciones o generar dificultades bancarias por falta de trazabilidad.
Una de las confusiones más frecuentes tiene que ver con la naturaleza de estas operaciones. Las transacciones con criptomonedas no se consideran diferenciales cambiarios. En términos contables, representan ganancias o pérdidas derivadas de la venta de un activo, por lo que deben registrarse como parte de los ingresos del contribuyente.
Fuente: www.cripto247.com
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